jueves, 18 de diciembre de 2008

La DGT endurece la Ley de Seguridad Vial


Circular a 121 km/h en autopistas y autovías nos costará 100 euros

Tráfico ha presentado al Congtreso una reforma de la Ley de la Seguridad vial mediante la cual se pretende endurecer algunos de los aspectos de la norma que se aprobó en 2006, así como suavizar otros. El que más nos llama la atención es que se pretende surpimir el margen de velocidad de 10 km/h en autopistas y autovías. ¿Quieres saber más?


Parece que hasta que termine el año la DGT seguirá siendo noticia, y no precisamente por nada agradable.
Ya está en el Congreso la reforma de la Ley de Seguridad Vial que Tráfico ha presentado con la intención de efectuar numerosos cambios en la norma que se aprobó en el año 2006.

Con esta reforma se endurecen algunas de las medidas como es el exceso de velocidad en autopistas y en autovías. Hasta ahora los radares te permitían el paso a 130 km/h, y no recibías ninguna notificación... Pero con la nueva reforma este aspecto cambia, ya que Tráfico pretende eliminar este margen de 10 km/h de forma que si circulamos a 121 km/h ya seremos multados y la infracción nos costará 100 euros.

También se ha endurecido el exceso de velocidad en ciudad. Circular a 80 km/h en vías donde la velocidad máxima es de 50 km/h supondrá una sanción económica de 300 euros así como la pérdida de dos puntos del carné (hasta ahora esta infracción se multaba con 100 euros).

La DGT no ha querido pasar por alto otros aspectos como es la visibilidad de las matrículas. Todo aquél que dificulte de alguna forma la visibilidad de la matrícula de su vehículo será penalizado con 200 euros de multa y la pérdida de cuatro puntos. Esta misma sanción se aplicará a todas aquellas personas que circulen con el permiso temporalmente retirado.

El uso de mecanismos antiradar pasa a descontar 6 puntos del carné en lugar de dos además de acarear una multa de 6.000 euros. Quedan fuera de esta sanción los GPS o navegadores que alertan a los conductores cuando se acercan a un radar, ya que con éstos los conductores simplemente aminoran la velocidad. Serán multados los que empleen sistemas que interfieran en el radar.

También se endurece la sanción a todos aquellos que no mantengan la distancia de seguridad, que pasa de restar ters puntos a cuatro.

¿Qué se queda fuera de la reforma de la Ley de Seguridad Vial?

Pues parece que la DGT ha querido eliminar el descuento de puntos por circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido o por llevar el vehículo con una ocupación excesiva.

También se elimina la penalización de puntos por estacionar en carriles bus, túneles o curvas, aunque sí supondrá una multa de 200 euros.

Fuente:http://www.motociclismo.es

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